Bizum se ha convertido en uno de los métodos de pago más extendidos entre usuarios particulares y autónomos. Sin embargo, este éxito también ha llevado a Hacienda a reforzar su control para evitar usos fraudulentos. El nuevo Real Decreto 253/2025, publicado recientemente, introduce cambios relevantes que entrarán en vigor en 2026 y afectarán especialmente a los profesionales por cuenta propia.
Más control sobre los movimientos bancarios
La nueva normativa modifica el Reglamento General de Aplicación de los Tributos y obliga a las entidades bancarias a facilitar más información sobre los movimientos realizados en cuentas bancarias. El foco estará especialmente en los ingresos percibidos por autónomos, independientemente del importe.
Hasta ahora, los bancos solo debían informar de los cobros mediante tarjeta que superasen los 3.000 euros. A partir de 2026, este umbral desaparece y se incluirán también los pagos recibidos por Bizum, transferencias u otras plataformas. Es decir, Hacienda podrá conocer cualquier cobro profesional, sin importar su cuantía.
Informes mensuales y nuevas obligaciones para tarjetas
Con la nueva regulación:
- La información se enviará cada mes y no de forma anual como hasta ahora.
- Las entidades bancarias deberán reportar todos los movimientos de cobro realizados por autónomos o empresas.
- También se amplía el control sobre las tarjetas de pago, que deberán reflejar ingresos, gastos, recargas, retiradas de efectivo y cualquier otra operación realizada, salvo que la suma total anual no supere los 25.000 euros.
¿A quién afecta esta medida?
Aunque el Real Decreto aplica a cualquier entidad financiera que opere en España, incluyendo extranjeras, el impacto más significativo será para los trabajadores autónomos. A partir de 2026, todos sus cobros digitales estarán sujetos a revisión por parte de Hacienda.
Los particulares no se verán directamente afectados, salvo en casos excepcionales donde los movimientos sugieran una posible actividad económica encubierta.
¿Qué pagos seguirán exentos?
Los pagos personales realizados entre particulares seguirán sin obligación de ser reportados, siempre que:
- No superen los 10.000 euros anuales.
- Sean esporádicos y sin ánimo de lucro (como cenas entre amigos, regalos, gastos compartidos, etc.).
- No se repitan de forma periódica con características similares a una actividad comercial.
¿Cuándo pueden surgir problemas?
Aunque los pagos entre particulares están, en principio, excluidos, hay situaciones que podrían levantar sospechas:
- Ingresos recurrentes por Bizum por pequeños importes.
- Operaciones frecuentes relacionadas con compraventa de productos por plataformas como Vinted o Wallapop.
- Ingresos superiores a 10.000 euros al año a través de Bizum, aunque no seas autónomo oficialmente.
- Actividades no declaradas que, por su volumen o regularidad, puedan considerarse empresariales.
Sanciones por movimientos no justificados
No declarar correctamente los ingresos o no poder justificar el origen de ciertas operaciones bancarias puede derivar en sanciones graves. Algunas situaciones bajo vigilancia especial incluyen:
- Ingresos en efectivo superiores a 1.000 euros sin identificación clara del remitente.
- Retiradas de efectivo por encima de 3.000 euros, que los bancos deben reportar a Hacienda.
- Uso de billetes de 500 euros, por su alto riesgo asociado al blanqueo de capitales.
- Transferencias de más de 10.000 euros, que exigen justificación documental.
- Pagos en efectivo superiores a 1.000 euros en el ámbito profesional, prohibidos por ley.
Las sanciones dependen de la gravedad del incumplimiento:
- Infracción leve: hasta 3.000 euros de multa, más recargos de hasta el 50%.
- Infracción grave: entre el 50% y el 100% de recargo si supera los 3.000 euros.
- Infracción muy grave: hasta el 150% del importe no declarado. A partir de 120.000 euros defraudados podría considerarse delito fiscal.
En Ávalos Asesores te ayudamos a estar al día con tus obligaciones fiscales. Si eres autónomo y utilizas Bizum o cualquier otro sistema de cobro electrónico, es fundamental que te anticipes a estos cambios. Escríbenos o visítanos en Torrent (Valencia), y resolveremos todas tus dudas para evitar riesgos y sanciones innecesarias