Es probable que como autónomo las declaraciones de impuestos (como el IVA) que debes realizar son uno de los temas que más te preocupan, y que a la vez, más dolores de cabeza te traen como profesional, que decidiste ser con ilusión, por cuenta propia.
Tienes que saber que es muy común que muchísimos autónomos, la gran mayoría, le cedan la gestión de sus cuentas a asesorías o gestorías, para ahorrarse tiempo y centrarse en su negocio, ya que se precisan al menos ciertas nociones de contabilidad, y además, fiscalidad. Por lo que es una opción a tener en cuenta, y más teniendo en cuenta que el tiempo vale más que el dinero.
¿Sabes cuándo se ha de pagar el IVA a Hacienda?
A lo largo de todo el año. Sí, has leído bien. El pago del IVA se realiza de forma trimestral para todos los autónomos. Aunque esto es independiente del régimen en el que el autónomo se haya acogido.
Por eso, el autónomo tiene que rendir cuentas a la Agencia Tributaria a lo largo del año de forma trimestral, a través de la presentación de diferentes modelos de documentos ya estipulados el organismo estatal.
Asimismo, hay que subrayar que la excepción a esta normativa es impuesta a los autónomos que trabajan en el sector del comercio minorista, que están dentro de la actividad perteneciente al régimen especial de IVA con recargo de equivalencia.
¿Sabes cuáles son los meses en los que se ha de pagar el IVA a Hacienda?
Los meses estipulados por la Agencia Tributaria son: Abril, Julio, Octubre y Enero.
Un autónomo se puede acoger a diferentes tipos de IVA
Un autónomo tendrá que presentar un tipo de modelo u otro en función de la clase de régimen de IVA al que se haya acogido. Hay que saber que es obligatorio por ley presentar dichos modelos, y su no presentación en el plazo indicado puede traer consigo una sanción de Hacienda.
Modelos en régimen general de IVA
Estos son los modelos que hay que presentar por parte de los autónomos que se encuentran en el régimen general de IVA antes de la fecha límite del 26 de julio de 2016.
Con fecha límite hasta el 20 abril, julio, octubre y hasta el 30 enero:
MODELO 303 – MODELO 340 – MODELO 390
Modelos en régimen simplificado de IVA
Por otra parte, los autónomos que se encuentren dentro del régimen simplificado de IVA tendrán que presentar los modelos que se indican a continuación.
Con fecha límite hasta el 20 abril, julio y octubre:
MODELO 310 – MODELO 311 – MODELO 390
Para finalizar, queremos informarte de que si no tienes claro cómo gestionar el pago de los diferentes impuestos de tu empresa o tus gastos como autónomo, nosotros podemos asesorarte. Más de 25 años de experiencia como profesionales nos avalan. Pregúntanos sin ningún tipo de compromiso. Un saludo.